Yasmín Esquivel estableció que se trata de un criterio técnico para “privilegiar el bienestar colectivo” y reducir desastres urbanos.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad—cuatro votos a favor—el proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa que valida el artículo 35, fracción VI, del Reglamento Urbano para Estaciones de Servicio del estado de Quintana Roo. La disposición fija distancias mínimas entre gasolineras con el objetivo de proteger a las comunidades cercanas a estos establecimientos.
La ministra enfatizó que la medida no constituye una prohibición absoluta, sino un criterio técnico para “privilegiar el bienestar colectivo” y reducir desastres urbanos.
Con esta decisión, la SCJN—y en particular la ministra Yasmín Esquivel Mossa—envía una señal clara: la seguridad de las familias y el tejido urbano es prioritaria cuando se autoriza infraestructura que maneja combustibles.
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